HD - CODIGO DE MINERIA - DECRETO N° 143 - (CONGRESO NACIONAL)
CONSIDERANDO: Que el oro proveniente de yacimientos detríticos es
considerado
como sustancia mineral y su explotación debe estar sujeto al otorgamiento de
permiso de autoridad competente y que dicha actividad será reglamentada por
el
Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que el Estado debe ser compensado, en razón de los
beneficios obtenidos por el ejercicio de dicha actividad.
CONSIDERANDO: Que el Código de Minería en vigencia, no contempla las
regulaciones a las explotaciones auríferas, utilizando métodos mecánicos que
revierten enormes pérdidas económicas al país.