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HD - CODIGO DE MINERIA - DECRETO N° 143 - (CONGRESO NACIONAL)

 

CONSIDERANDO: Que el oro proveniente de yacimientos detríticos es

considerado

como sustancia mineral y su explotación debe estar sujeto al otorgamiento de

permiso de autoridad competente y que dicha actividad será reglamentada por

el

Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO: Que el Estado debe ser compensado, en razón de los

beneficios obtenidos por el ejercicio de dicha actividad.

CONSIDERANDO: Que el Código de Minería en vigencia, no contempla las

regulaciones a las explotaciones auríferas, utilizando métodos mecánicos que

revierten enormes pérdidas económicas al país.